Una comunidad de vecinos, obligada a indemnizar con 218.000 euros a un hombre al que le cayó en la cabeza un elemento de la fachada

Pontevedra

La compañía de seguros cubrió inicialmente la indemnización, pero después presentó un recurso legal

Una comunidad de vecinos, obligada a indemnizar con 218.000 euros a un hombre al que le cayó en la cabeza un elemento de la fachada

Una comunidad de vecinos, obligada a indemnizar con 218.000 euros a un hombre al que le cayó en la cabeza un elemento de la fachada

La comunidad de vecinos de un edificio en Vilagarcía de Arousa, Pontevedra, ha sido condenada a indemnizar con más de 200.000 euros a un hombre que sufrió graves heridas cuando un elemento de la fachada le cayó en la cabeza. El accidente, que ocurrió hace cinco años, dejó a la víctima con un traumatismo craneoencefálico que lo dejó prácticamente inmovilizado, requiriendo asistencia de por vida.

Sufrió graves heridas requiriendo asistencia para el resto de su vida

Según la sentencia emitida en el litigio entre la aseguradora de la propiedad y la Xunta de Galicia, la compañía de seguros cubrió inicialmente la indemnización, abonando un total de 263.000 euros. De esa cantidad, 218.000 euros fueron destinados al perjudicado, mientras que 23.700 euros fueron para el Servicio Gallego de Salud (Sergas) del área sanitaria de Pontevedra O Salnés y 899 euros fueron destinados al servicio de ambulancias del 061.

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Sin embargo, el caso no terminó ahí. La Agencia Tributaria de Galicia presentó una factura adicional de 39.000 euros por atenciones en otra área sanitaria, la de O Barbanza Santiago. La aseguradora se mostró en desacuerdo con esta reclamación, pero pagó la cantidad, sumando un total de 43.000 euros, incluidos los intereses. 

La aseguradora recurrió posteriormente esta decisión, argumentando que ya había cumplido con el pago de la indemnización máxima establecida por el contrato de responsabilidad civil.

El recurso llegó hasta el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que finalmente falló a favor de la aseguradora. El tribunal consideró que la reclamación del perjudicado era anterior y tenía prioridad sobre la del Sergas. Además, destacó que el propio Sergas había comparecido en el procedimiento judicial sin oponerse a la resolución, lo que reforzó el fallo en favor de la aseguradora.

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